La impugnada Relación de Puestos de Trabajo a discusión política y dictamen de consultoría técnica


6 mar 17. Por Lucafaga.- Tras más de una década, los empleados públicos del Ayuntamiento de Arucas, cuentan con un borrador de “RELACION DE PUESTOS DE TRABAJO”, todo instrumento técnico a través del cual se realiza la ordenación del personal, de acuerdo con las necesidades de los servicios y se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto, un documento cuyas impugnaciones se debatirán en la Comisión Informativa de Administración que no presidirá la Alcaldía.

Transcurrido el plazo de interposición de recursos por parte de quienes se consideren afectados por la futura implantación, queremos dar a conocer, en capítulos y por áreas, un primer análisis de lo publicado, donde observamos distintas valoraciones que repercutirán en las propias retribuciones del personal.

Unos desempeñando sus puestos tras acceder por convocatorias de oposiciones libre y sin promoción interna y una amplia mayoría por obra y gracias del “índice del político local de turno” se les clasifica en esta primera RPT, transitoria y descaradamente “personalizada”

De estudio del anexo entablado y con detalle de cada columna observamos que el VINCULO expresado como “Funcionario” supera al número de plazas creadas en la plantilla, la DENOMINACIÓN DE LOS PUESTOS y la TITULACION se acomoda a quienes desde ahora se les adscribe provisionalmente (máximo un año) al destino de un área con el atrevimiento de atribuirle funciones superiores a su categoría funcionarial o laboral; la FORMA DE PROVISION de señala por “concurso” sin previsión de convocatorias.

Por otra parte la PROCEDENCIA solo indistinta para los Habilitados Nacionales y Subinspector de la Policía Local ; en el reparto de NIVELES , se implanta la injusticia por el DESNIVEL, asignando grados sin tener en cuenta los grupos clasificados con arreglo a las titulaciones de acceso y antigüedad en el puesto por no haber permitido la promoción interna de los funcionarios y otorgar niveles básicos sin diferenciar desempeño, marginando al Cuerpo de Administrativos y Auxiliares al no otorgarles la oportunidad de ocupar puestos de responsabilidad en Negociados y Secciones y no diferenciar en la Escala de Administración Especial entre los graduados y bachilleres de segundo grado.

No se ha tenido en cuenta complementos especiales para compensar al/a la trabajador/a sometido/a a turnos rotatorios y/o jornada rotatoria y/o jornada partida, olvidándose del Complemento de Nocturnidad para compensar el trabajo nocturno efectivamente realizado, ni la ESPECIAL DEDICACION para determinados puestos de trabajo que requieren disponibilidad y/o localización y/o presencia física fuera de la jornada habitual, y con independencia del horario o día en que se preste. (Seguiremos rr que rr )

1 Comentarios Blogger:

Unknown dijo...

El Conejo me esrrisco la Perra.
Me quede sin Conejo y sin Perra.
"Dito sea Dios"

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