Lidia Morales Concejal de Cultura dice y argumenta que:

“La intervención de representantes municipales en programas de opinión y debate es publicidad”


17 dic 14. Desconcertantes y desafortunadas palabras de la Concejala de Cultura del Ayuntamiento de Arucas durante su intervención en la defensa del borrador de la Ordenanza Fiscal de la emisora municipal que el próximo jueves se elevará al Pleno para su aprobación, tras ser debatida en una reunión mantenida con los representantes vecinales.

La responsable de área que asume la gestión de la FM 107.9, Lidia Morales, tras la denuncia presentada por una entidad ciudadana, presentó un nuevo ejemplar de Ordenanza en la que se pretende establecer el precio público por prestación de Servicios de Publicidad en la Emisora Municipal de radiodifusión sonora.

El nuevo articulado recoge el precio público por la inserción de cuñas y, como novedad contraria a ofrecer una radio plural, ágil y participativa, los anuncios solicitados por entidades benéficas, culturales y/o sociales sin ánimo de lucro, estarán condicionados a las necesidades de la programación y además como fórmula contraria a la reglamentación vigente se ofrecen bonificaciones a empresas concesionarias de servicio municipal y rebajas a las agencias y emprendedores.

En su presentación no se ha tenido en cuenta de que los precios públicos de cualquier servicio municipal se determinarán a un nivel que cubra, como mínimo, los costes económicos originados por la realización de las actividades o la prestación a un nivel que resulte equivalente a la utilidad derivada de los mismos.

Se articula dentro de la cuotas tributarias el patrocinio de concursos como vía de obtención de premios para sortear entre los oyentes en el ánimo de hacer una radio participativa y con espacios de entretenimiento que dícese siempre quedarán bajo la supervisión y aceptación de la dirección de la Emisora Municipal, así como de la dirección de cada programa, debiendo autorizarse en virtud de la correspondiente Resolución.

Aspecto este contraproducente al entender que el mismo debe regularse en un “Estatuto de Organización y Funcionamiento de la emisora municipal”, recordándose que en la plantilla orgánica del ente no figura una “Dirección” y los programas se producen por personal que retribuyen como “controles de radio”.

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