Sueldos, retribuciones y privilegios de los parlamentarios canarios

12 jul 12. Los diputados a sueldo del Parlamento de Canarias cobran un extra de 83 euros por hacer una vídeo conferencia desde su casa o 205 por acudir a un acto a otra isla mientras la dieta de un enfermo desplazado tiene un tope máximo de 50 euros previa justificación que no se exige a sus señorías

Espectacular, la verdad que es verdaderamente espectacular el ver cómo se las gastan los individuos probablemente más indignos de Canarias que se han hecho con el control de nuestras principales instituciones. Un enfermo que se traslada de una isla 'menor' a Tenerife o Gran Canaria para una consulta o para un tratamiento que no puede recibir en su tierra tiene que justificar (con facturas perfectamente legales para las que tiene que adelantar el dinero a no ser que se esté muriendo de hambre) hasta un máximo de 30 euros para alojamiento y un tope de 20 en justificaciones de comida. Eso sí, si el alojamiento de alguna manera está subvencionado pues entonces cuidado porque no sólo ya no tienes derecho sino que te analizan en qué régimen para ver si te levantan también los 20 euros para comer y te quedas más tieso que un palo.

Pero he aquí, estimados todos, que si usted en lugar de ser un enfermo al que no le queda más tu tía que buscar curación en otra isla distinta a la suya por prescripción facultativa (que no es que usted vaya porque le dé la gana ni muchísimo menos porque las segundas opiniones ha de pagárselas de su bolsillo) es un señor o señora diputado/a usted no sólo no tendrá que presentar justificación alguna sino que le van a caer en su cuenta hasta 205 euros por ir un rato a otra isla a un acto de cualquier tipo que habitualmente está aderezado con una copiosa comida que pagamos, generalmente también, de nuestros impuestos. Vamos, que quizás al tipo lo invitan a comer y se queda en casa propia o de un familiar (que es lo más habitual) pero hemos de pagarles esas sustanciosas dietas sin que se hayan gastado céntimo de su bolsillo y con unos salarios como diputados que en el peor de los casos ronda los 4.000 euros con más vacaciones que nadie, sin horarios ni responsabilidad alguna porque están hasta aforados ante posibles delitos de cualquier tipo (vamos, que el conductor que las más de las veces los traslada tiene más responsabilidad que ellos cuarenta veces), cobrando incluso (en el caso de miembros de la Mesa o Junta de Portavoces) hasta un complemento de 83 euros por llevar a cabo una vídeo conferencia desde el sofá de su casa en horario de trabajo. Impresionante pero real como la vida misma, que ahí están los número para el que no se crea semejante latrocinio.

Usted imagínense, se quedan en sus casas habitualmente porque buena parte de ellos tienen algún hijo estudiando en Tenerife, familiares o incluso casa propia y alguien con gastos de representación (alcalde, consejero, presidente del Parlamento o del Gobierno) lo invita a comer y el tipo se sopla la dieta con lo que muchas veces (y esos es muy habitual) lo invitan a comer con dinero público y el tipo se mama la dieta, también del dinero público, sin haberse gastado nada porque como no hay que justificar nada todo es tan sencillo como eso. En fin, que ni las perritas públicas sirven las más de las veces para favorecer el negocio de la restauración porque el dinero que les damos para comer en un porcentaje sin duda superior al 90% se queda en sus bolsillos y circulará para otra cosa pero en absoluto se gastan esas impresionantes cantidades de dinero en comida (en alojamiento se gastan menos aún) porque de lo contrario no cabrían por la puerta principal del Parlamento ni aún abriéndola de para en par. En realidad se trata de sobresueldos camuflados en forma de dietas e indemnizaciones completamente inmorales para los tiempos que corren. Si duda.

Coche oficial y dietas cuando van a un acto público de cualquier tipo como parlamentarios y hay hasta quien les aplaude en lugar de entrarles a sombrerazos

Castro evita retocar las retribuciones
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SUELDOS Y DIETAS DE LOS DIPUTADOS DEL PARLAMENTO DE CANARIAS:

Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Canarias, de 19 de Abril de 2012, por el que se desarrolla el Art. 13 del reglamento del Parlamento de Canarias: retribuciones

El artículo 13 del Reglamento del Parlamento de Canarias señala lo siguiente:

1. Los diputados y diputadas percibirán las ayudas, franquicias e indemnizaciones fijadas por la Mesa para el cumplimiento de su función. Las indemnizaciones serán irretenibles e inembargables, sin perjuicio de lo que dispongan las normas tributarias.

2. Los diputados y diputadas que opten por su dedicación exclusiva a las tareas parlamentarias tendrán derecho a percibir una retribución económica fija o periódica que les permita cumplir eficazmente su función.
La Mesa de la Cámara, de acuerdo con la Junta de Portavoces, fijará las obligaciones de asistencia y de otro tipo que se deriven del régimen de dedicación exclusiva. Este régimen será de aplicación, en todo caso, al Presidente y a los restantes miembros de la Mesa del Parlamento, porsu labor de gobierno y de gestión permanente al frente de la Cámara.

En virtud de lo expuesto, la Mesa, por unanimidad, acuerda regular el régimen retributivo de los diputados y diputadas del Parlamento de Canarias, acogidos al régimen de dedicación exclusiva a las tareas parlamentarias, en el sentido siguiente:

1.- Sueldo mensual:
a) Se fija un sueldo bruto mensual idéntico para todos los diputados/as: 3.829,74 €
b) Los complementos mensuales por razón del cargo serán:
1) Presidente: 2.157,74 €
2) Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa: 1.009,80 €
3) Presidentes y Portavoces titulares de los grupos parlamentarios: 1.009,80 €
4) Portavoces suplentes de los grupos parlamentarios: 504,89 €

2.- En los meses de junio y diciembre percibirán una cuantía consistente en: a) Presidente: 2.993,75 €
b) Vicepresidentes y Secretarios de la Mesa: 2.419,77 €
c) Presidentes y Portavoces titulares de los grupos parlamentarios: 2.419,77 €
d) Portavoces suplentes de los grupos parlamentarios: 2.167,32 €
e) Resto diputados/as: 1.914,87 €

3.- El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de 1 de mayo de 2012.
En la sede del Parlamento de Canarias, a 19 de abril de 2012.- el secretario primero, José Miguel González Hernández. VºBº el presidente, Antonio A. Castro Cordobez.

Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Canarias, de 24 de mayo de 2012, por el que se desarrolla el Art. 13 del Reglamento del Parlamento de Canarias: reducción de retribuciones.

Como consecuencia de la actual coyuntura económica en la que viven las islas, el Parlamento de Canarias adopta medidas tendentes a reducir el gasto público y a salvaguardar la sostenibilidad de las cuentas públicas, por lo que la Mesa de la Cámara, oída la Junta de Portavoces, en reunión celebrada en esta misma fecha, acuerda:

El sueldo mensual y la paga extra del Presidente del Parlamento de Canarias, miembros de Mesa, Presidentes y Portavoces titulares y suplentes de los grupos parlamentarios y diputados y diputadas del Parlamento de Canarias, acogidos al régimen de dedicación exclusiva, experimentarán una minoración del 5 por ciento.
En la sede del Parlamento de Canarias, a 24 de mayo de 2012.- el seCretario primero, José Miguel González
Hernández. VºBº el presidente, Antonio A. Castro Cordobez.

Acuerdo de la Mesa del Parlamento de Canarias, de 24 de mayo de 2012, por el que se desarrolla el Art. 13 del Reglamento del Parlamento de Canarias: reducción de dietas e indemnizaciones.

El artículo 13 del Reglamento del Parlamento de Canarias señala lo siguiente:

1. Los diputados y diputadas percibirán las ayudas, franquicias e indemnizaciones fijadas por la Mesa para el cumplimiento de su función. Las indemnizaciones serán irretenibles e inembargables, sin perjuicio de lo que dispongan las normas tributarias.

2. Los diputados y diputadas que opten por su dedicación exclusiva a las tareas parlamentarias tendrán derecho a percibir una retribución económica fija o periódica que les permita cumplir eficazmente su función.
La Mesa de la Cámara, de acuerdo con la Junta de Portavoces, fijará las obligaciones de asistencia y de otro tipo que se deriven del régimen de dedicación exclusiva. Este régimen será de aplicación, en todo caso, al Presidente y a los restantes miembros de la Mesa del Parlamento, por su labor de gobierno y de gestión permanente al frente de la Cámara.
En virtud de lo expuesto y como consecuencia de la actual coyuntura económica en la que viven las islas, el Parlamento de Canarias adopta medidas tendentes a reducir el gasto público y a salvaguardar la sostenibilidad de las cuentas públicas, por lo que la Mesa de la Cámara, oída la Junta de Portavoces acuerda, por unanimidad, regular el régimen retributivo de los diputados y diputadas del Parlamento de Canarias, en el sentido siguiente:

INDEMNINIZACIONES Y AYUDAS

Con este concepto, los diputados y diputadas deben afrontar los gastos de transporte terrestre, alojamiento y manutención que origine la actividad parlamentaria, de cuantía diferente en función de la distancia entre su circunscripción electoral y la sede de la Cámara.

El Parlamento de Canarias cubre exclusivamente los gastos de transporte mediante avión o barco de los diputados y diputadas para su asistencia a las sesiones parlamentarias, abonándose directamente por los servicios de la Cámara .

A. Dietas de diputados y diputadas acogidos al régimen de dedicación exclusiva a las tareas parlamentarias.

a) Los miembros de Mesa, por responsabilidades de gobierno y gestión permanente al frente de la Cámara, incluyendo su actividad de gobierno y de actividad parlamentaria, percibirán una dieta de carácter único y exclusivo:

Presidente:
Tenerife 145,00 €
Gran Canaria 175,00 €
Resto islas 180,00 €

Vicepresidentes y Secretarios de Mesa:
Tenerife 90,00 €
Gran Canaria 130,00 €
Resto islas 160,00 €

b) Los portavoces de los grupos parlamentarios percibirán una dieta por cada una de las reuniones y sesiones convocadas, y dos dietas al mes, por su dedicación a las funciones representativas de su grupo parlamentario:

Tenerife 90,00 €
Gran Canaria 130,00 €
Resto islas 160,00 €

c) Resto de diputados y diputadas para reuniones y sesiones convocadas:

Tenerife 60,00 €
Gran Canaria 83,00 €
Resto islas 113,00 €

d) Dietas por participación en actividades para reuniones o visitas de las Comisiones fuera de la sede del Parlamento:

Miembros de Mesa del Parlamento y portavoces de los grupos parlamentarios:

Tenerife 90,00 €
Gran Canaria 130,00 €
Resto islas 160,00 €
Resto diputados/diputadas:
Tenerife 60,00 €
Gran Canaria 83,00 €
Resto islas 113,00 €

B.- Dietas y asistencias de diputados y diputadas no acogidos al régimen dedicación exclusiva a las tareas parlamentarias.

a) Dietas: Cantidades que se devengan por día, con ocasión de la concurrencia a reuniones o sesiones de los órganos de la Cámara, para afrontar los gastos de transporte terrestre, alojamiento y manutención:

Pleno: Tenerife 139,00 €
Gran Canaria 185,00 €
Resto islas 225,00 €
Resto reuniones: Tenerife 119,00 €
Gran Canaria 166,00 €
Resto islas 205,00 €

b) Asistencias: Por concurrencia a reuniones y sesiones de los órganos de la Cámara. La percepción de estas indemnizaciones es compatible con la percepción de las dietas que les corresponden como diputados y diputadas no égimen de dedicación exclusiva:

- Portavoces de los grupos parlamentarios en Junta de Portavoces y presidentes de Comisión en reuniones de Comisión 127,00 €
- Portavoces en reuniones de sesiones plenarias 127,00 €
- Resto de las reuniones: 74,00 €

c) Dietas por participación en actos, reuniones o visitas de las Comisiones fuera de la sede del Parlamento:


Tenerife 119,00 €
Gran Canaria 166,00 €
Resto islas 205,00 €

C.- Percepciones económicas con motivo de desplazamiento oficial.
El Parlamento de Canarias cubre los gastos de transporte en clase turista y el alojamiento, mediante el pago directo a las empresas.
Los miembros de la Mesa del Parlamento tendrán derecho a percibir el importe de los gastos originados por la asistencia a actos oficiales en representación del Parlamento.
Cuando el acto se celebre fuera de su isla de residencia percibirán una dieta de 75 €.
Para la formalización del abono de esta dieta se deberá aportar el documento justificativo de la asistencia al acto.
Los diputados y diputadas con motivo de desplazamiento oficial fuera de la Comunidad Autónoma de Canarias y en territorio peninsular, Islas Baleares, Ceuta y Melilla, tienen derecho a percibir una dieta diaria cifrada en 80,00 €, para gastos sin justificar y hasta un máximo de 150,00 €, siempre que se justifiquen.
En el supuesto de desplazamiento oficial al extranjero, se abonarán las cantidades que se justifiquen como alojamiento, transporte y manutención.

D.- Reuniones de la Mesa y Junta de Portavoces mediante el sistema de video conferencia.
Los miembros de la Mesa y de la Junta de Portavoces por su concurrencia a las reuniones celebradas mediante el sistema de video conferencia, cuando intervengan desde isla distinta a la de la sede del Parlamento, tanto si la reunión se celebra en Tenerife como en una isla distinta, devengarán una dieta de 83,00 €.
En la sede del Parlamento de Canarias, a 24 de mayo de 2012.- el secretario primero, José Miguel González Hernández. VºBº el presidente, Antonio A. Castro Cordobez.

Fuente: http://www.parcan.es/pub/bop/8l/2012/205/bo205.pdf

http://www.archipielagomachango.com/


DIETAS PARA ENFERMOS Y ACOMPAÑANTES DESPLAZADOS:

Compensaciones por alojamiento y manutención


Artículo 8.- Supuestos.

1. Los gastos que se generen por alojamiento y manutención a los pacientes y en su caso, acompañantes, serán abonados por el Servicio Canario de la Salud cuando para recibir asistencia en centros sanitarios ubicados fuera del Área de Salud en la que tienen su residencia, sea necesario pernoctar en la localidad donde radiquen aquéllos.

2. Si la asistencia sanitaria se efectuase en régimen de hospitalización, las compensaciones aquí recogidas se prestarán únicamente a los acompañantes, si los hubiere.

Artículo 9.- Cuantía y límite máximo.

1. Las cuantías máximas de las compensaciones a percibir por los conceptos incluidos en esta sección son:
a) Alojamiento: 30 euros por persona y día.
b) Manutención: 20 euros por persona y día.

2. En los supuestos de estancias ininterrumpidas de larga duración, la cuantía máxima de gastos de alojamiento y manutención a abonar por persona a partir del tercer mes, será de 900 euros mensuales.

3. Si los beneficiarios disfrutasen de alojamiento subvencionado por el Gobierno de Canarias o cualquier otra Administración Pública no recibirán la compensación de 30 euros por este concepto prevista en el párrafo 1. Si en el alojamiento subvencionado se contempla la manutención en régimen de pensión completa no se tendrá derecho a recibir la compensación de 20 euros por persona y día. Si el régimen fuese de media pensión, la cuantía en este concepto sería de 8 euros, mientras que si comprendiese únicamente el desayuno sería de 16 euros. (consultar pdf)

Las dietas de los parlamentarios duplican lo que Sanidad paga a los canarios por desplazamientos y dietas 

28.03.2011 (Esto decía la prensa hace más de un año pero ni de coña, de otra isla distinta a Tenerife -que es de donde vienen los enfermos- es mucho más del doble y hay que justificarlo todito. Que a mí no me parece mal que haya que justificarlo, pero o jugamos todos cuando de perritas públicas se trata o rompemos las cartas. ¿O a éstos se les presume más honrados que al resto de los ciudadanos? Craso error)

11-11-10 Julio Cruz no recuerda que, además de su sueldo como funcionario en el Cabildo de La Gomera, se levanta 4.000 euros al mes en dietas del Parlamento de Canarias

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14-06-12 El Parlamento vuelve a dar la espalda a la sociedad canaria y mantiene sus privilegios económicos -en buena medida opacos- respecto al resto de los empleados públicos de la administración autonómica

La cara más dura que el cemento armado


Fuente: noincineraciontenerife 

1 Comentarios Blogger:

Anónimo dijo...

Son todos unos mentirosos, corruptos, vividores del sistema a costa del pueblo,que casta nos a tocado a los canarios. Fuera privileguios de la casta y banqueros, tiene que haber alguna manera de echar a esta gente de aqui.

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