Se somete a debate que los inmuebles del Conjunto Histórico con explotación económica paguen IBI y que se bonifique a unidades familiares y a viviendas de protección oficial


7 nov 15. Tramitando la Corporación Municipal la modificación de la Ordenanza Fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles al tipo de gravamen de los bienes de naturaleza urbana al 0,44 %, manteniéndose el de rústica al 0,5 %, cuyo expediente se elevará en la sesión de los Consejos de Distrito como órganos colegiado consultivos de participación y debate a celebrar el próximo miércoles, entidades ciudadanas han trasladado al área de los servicios económicos unas “ADICIONES" a la propuesta parcial que formula la Concejalía de Hacienda.

Una ADICION basada en agregar al artículo 8 de la vigente Ordenanza un apartado donde se disponga que en el perímetro que comprende el “CONJUNTO HISTORICO ARTISTICO-CENTRO URBANO ”, aquellos inmuebles que cuenten con una antigüedad igual o superior a cincuenta años, en la actualidad exentos del pago del IBI, sean incluidos en el padrón como sujetos pasivos y contribuyentes los afectados a explotaciones económicas, salvo los de régimen fiscal sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales, al mecenazgo o que la sujeción al impuesto a título de contribuyente recaiga sobre el Estado, las Comunidades Autónomas o las entidades locales, o sobre organismos autónomos del Estado o entidades de derecho público de análogo carácter de las Comunidades Autónomas y de las entidades locales.

Suplementándose además la adición que la cuota tributaria referida a un bien inmueble afecto a explotación económica, individualizado catastralmente a los efectos de este impuesto en el momento del devengo y que forme parte de una edificación sometida al régimen especial de propiedad horizontal, no resultará prorrateable.

Esta medida de adición a la Ordenanza del IBI que se propone afecta a la zona comercial del casco urbano y supondrá un aumento en la recaudación de entre cien a doscientos mil euros.

La modificación afecta a viviendas, pequeñas y medianas empresas , oficinas y entidades bancarias.

Por otra parte y en la misma sesión de los Consejos de Participación se someterá a estudio Y DEBATE una nueva adición para que se incluya en la NUEVA ORDENANZA DEL IBI bonificaciones a unidades familiares donde se tenga en cuenta las bases liquidables de todos sus miembros en el IRPF del último ejercicio declarado y para las viviendas de protección oficial que una vez vencido el plazo de tres años se encuentren en régimen de alquiler.













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