8 oct 12. El Ayuntamiento de Arucas, a través de su Concejalía de Solidaridad y Cooperación, realiza la presente convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación al desarrollo de países empobrecidos, con arreglo a la Ordenanza específica aprobada en Sesión Plenaria el día 1 de julio de 2008 y publicada en el B.O.P. número 109 de 22 de agosto 2008, y disponible en la página web del Ayuntamiento (www.arucas.org).
El plazo de presentación de solicitudes, por parte de las ONGD, será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas.
Convocatoria y Dotación presupuestaria, que regirá para el año 2012, la Concesión de Subvenciones a Proyectos de Cooperación al Desarrollo de Países Empobrecidos, por una cuantía total de 38.624,00 euros, que se financiará con cargo a las siguientes partidas presupuestarias
01/236/48914 correspondiendo 19.312,00 euros solidaridad y emergencia social (gastos corrientes.
Capítulo IV, los de arrendamiento de muebles e inmuebles, gastos de viajes, desplazamientos y transporte no vinculados a la inversión, gastos de personal relativos al funcionamiento del proyecto, material de oficina, suministros de agua, gas, energía eléctrica, combustibles, carburante y comunicaciones. Vestuario y utensilios necesarios para el desarrollo de la actividad, productos alimenticios, de farmacia, sanitarios fungibles, de limpieza y aseos).
Y a la partida 01/236/78900 correspondiendo 19.312,00 euros transferencias/subvenciones solidaridad (Gastos de inversión e infraestructura)
Capítulo VII, los de mano de obra necesaria para la ejecución de las obras, y los de los técnicos para la ejecución del proyecto, adquisición de bienes y equipos inventariables: terrenos, construcciones, instalaciones técnicas, maquinaria, utillaje. Mobiliario, elementos de transporte, equipo para proceso de información. Elementos destinados al mantenimiento o reparación de bienes Destinados a la sostenibilidad técnica de las inversiones).
De acuerdo a los objetivos y prioridades que establece la convocatoria, el destino de la dotación presupuestaria de la misma se distribuirá de la siguiente forma:
1. Para acciones de ayuda humanitaria y de emergencia Se reservará el 12.95% de la dotación presupuestaria de la convocatoria (gastos corrientes)(5.000,00 euros)
2. Para acciones o proyectos de satisfacción de necesidades sociales básicas (gastos corrientes) se destinará hasta el 37,05% (14.312,00 euros).
3. Para proyectos de inversión e infraestructura el 50% (19.312,00 euros) de la dotación presupuestaria de la convocatoria. Asimismo podrá se destinado a proyectos de satisfacción de necesidades sociales básicas, y a proyectos de inversión e infraestructura, la dotación presupuestaria destinada a los proyectos de ayuda humanitaria y de emergencia, que en el mes de diciembre no hubiera sido asignada a dicho tipo de ayuda.
3 Comentarios Blogger:
En otras palabras y traducido: el ayuntamiento contribuye a sostener el gran timo de las ONGs que reciben ayudas y subvenciones para mantenerse y que casi nunca llegan al problema.
La caridad del Angel con los pueblos del exterior mientras este su barrio mendiga y pide limosna por su culpa. ¡¡ lo que hay que ver y soportar¡¡
Eramos pocos y nos parióla abuela. ¿Por qué? no se invierte ese dinero en subvenciones para los pobres del municipio, que por desgracia hay más de lo que pensamos, subvenciones al transporte, libros de texto, comida etc...
Desvestimos a un santo para vestir otro, si es que somo la mar de generosos, cuando se trata del dinero ajeno.
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