Se suprimen las tasas de aprovechamiento de las empresas de telefonía móvil
9 ago 12. Por Lucafaga.- Por Junio del pasado año la Corporación Municipal aprobó una Tasa por el aprovechamiento especial del dominio público municipal a favor de empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil.Un año después de su elevación a definitiva, en amparo de sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 12 de Julio 2012 se estima el recurso presentado por empresas de telefonía y se dispone suspender la Ordenanza propuesta al plenario por la mayoría de Gobierno PSOE-CC y CONARUC, perdiendo con ello 139.731,55 euros consignados en el Presupuesto como presumible ingreso.
De la pretendida aplicación se desprende un incumplimiento al Marco Jurídico y en concreto de la Directiva 97/13/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 10 de abril de 1997, relativa a un marco común en materia de autorizaciones generales y licencias individuales en el ámbito de los servicios de telecomunicaciones (DO L 117, p. 15), establecía en su artículo 11:
"1. Los Estados miembros garantizarán que todo canon impuesto a las empresas en el marco de los procedimientos de autorización tenga por único objetivo cubrir los gastos administrativos que ocasione la expedición, gestión, control y ejecución del régimen de licencias individuales aplicable. Los cánones por una licencia individual deberán ser proporcionados en relación con el trabajo que supongan y se publicarán de manera adecuada y suficientemente detallada, a fin de facilitar el acceso a la información relativa a los mismos".
Desde aquel entonces presentamos, de igual manera y con carácter individual, recurso de reposición entendiendo que no procedía tal tarifa a las empresas explotadoras o prestadoras de servicios de telefonía móvil, pues en su afán de incrementar las arcas municipales y sin haber aprobado con anterioridad una ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE INSTALACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONIA y aplicarlas a todas las antenas irregulares extendidas a lo largo y ancho del municipio, se incumplió con acuerdos plenarios donde se adoptaron en otras ocasiones las medidas para regular la concesión de licencias y además se abrieron expedientes sancionadores que en determinados hechos dimanantes de esporádicas y efímeras actuaciones de cuya tramitación se deduce presuntamente haber incurrido en delito de prevaricación por ordenar o resolver la paralización y archivo sin más diligencias.
El tiempo ha dado la razón, advertencias innumerables en las fantasmagóricas reuniones de Participación Ciudadana, fruto este de la inoperancia y altivez de quienes dicen defender los intereses generales y manifestar ser mas inteligentes que el conductor del vehículo de adelante.
19 Comentarios Blogger:
No, no son incompetentes, son avariciosos como dice el titular porque ahora nos tragaremos las antenas sí o sí y sin pagar un solo euro estas multinacionales que se están forrando a nuestra costa a base de robo que nadie pone freno. Un eurito por aquí, unos céntimos por allá y llenando la saca para ahora campar a sus anchas por mi ciudad. INCOMPETENTES
Esa tasa la llevaban cobrando o intentando cobrar muchos ayuntamientos españoles desde el 2008. Lo que dice la sentencia es que las operadoras no tienen por que pagar una tasa al no ser propietarias de los terrenos o edificios sobre las que se instalan en regimen de alquiler. Según la sentencia, esa tasa solo puede imponerse al titular de dichos derechos, es decir, al propietario del edificio donde están instaladas las infraestructuras pero no a los operadores que son simples usuarios de las mismas.
LA AVARICIA Y LA DESIDIA EXPTES DE ANTENAS.
Lo que no añade vd. (num 3) es que el AYUNTAMIENTO debe aplicar desde hace muchos años y no lo hace una ORDENANZA REGULADORA DE LAS CONDICIONES DE INSTALACIÓN DE LAS INFRAESTRUCTURAS DE TELEFONIA antes de ello proceder al desmantelamiento de las antenas ilegales existentes en el municipio, pues no tiene licencia.Asunto ese por el que viene luchando incansablemente el autor del articulo.Es de justicia que se pide desde hace mas de dos decadas y que en el Ayuntamiento no hay técnico capacitado para elevar un borrador de ordenanza o al menos copie las ya existentes en otras localidades que ya han pasado el tramite de recursos y ademas apoyadas por firmes sentencias de varios Tribunales de Justicia y hasta del Supremo. "Donde no hay cabeza no hace falta el sombrero"
Todos están confundidos, pero no del todo en cuanto a opiniones y datos aportados.
¿Por qué dijo esto?
Basicamente, porque el Ayto. si tiene una ordenanza de regulacion de antenas, pero que no la aplica y parece ser que tantas firmas recogidas están haciendo eco, tanto que ya pronto se tendrá que desmantelar las ubicadas dentro de nucleo urbano.
La normativa europea, establece que las mismas han de estar ubicadasa en la periferia y no en nucleo urbano. Establece distancias minimas, razones, sanciones y obligaciones de los Estados Miembros. Estos temas en Arucas quien mejor los domina es el señor D. Ramón Diaz o uno que conocí en unas charlas de impactos ambientales y sobre la salud de las personas: Luis Calvento. Creo recordar que era docente de la ulpgc.
Solo habría que entrevistarles y acabar con estos atentados sobre la humanidad a modo radioactivo, siendo sus mayores efectos por la noche cuando nuestras celulas bajan la guardia al estar en reposo.
Desmantelacion ya.
Comentario cuatro. El AYUNTAMIENTO no tiene en vigor ninguna ordenanza que regule la instalacion de infraestructuras de telefonia movil en el municipio, las existentes son tods ilegales.se la enumero pues salio un dia los exptes abierto para sancionar en este blog publicado y lo guarde.:
Num. Expte. UBICACION
13/96 PUNTA CAMELLO
45/97 LA PALMERA 8 Y 10
46/97 CAMINO DE LA PALMITA
47/97 AVDA PEDREO MORALES DENIZ
48/97 GARDEN PLANT
21/98 ¿?¿?
35/99 CAMINO DE LA PALMITA
36/99 ¿?¿?¿?¿
44/99 CAMINO DE LA PALMITA
53/99 LOMO QUINTANILLA
57/99 EL GUINCHO
60/99 AVDA PEDRO MORALES DENIZ
14/2000 EL PICACHO
68/2000 PASAJE LA HAYA
109/2000 ALCALDE SUAREZ FRANCHY
28/2002 LOMO QUINTANILLA
34/2002 AVDA PEDRO MORALES DENIZ
51/2002 CAMINO DE LA PALMITA
33/07 AVDA PEDRO MORALES DENIZ
Y OTROS Zonas de dominio público.
Si el ayuntamiento mandase a desmantelar todas las antenas de telefonia movil del municipio se provocaría un apagón total de telefonos moviles en Arucas. Las perdidas serian multimillonarias, las parejas rotas se contarian por cientos y los perfiles de facebook sin actualizar, los whataspp que no llegarian a su destino y las fotos MMS y videos que dejarian de ser compartidos en las redes, provocarian un desasosiego y depresión en la poblacion (sobre todo adolescente) tan profundo que este municipio tardaría décadas en levantar cabeza.
Vete a los países civilizados como Suecia o Suiza Y Dinamarca y entérate que allí las antenas se instalan a las afueras de las poblaciones. Una sóla antena para todas las operadoras, que aquí vivimos en el país del desmadre y el negociete con pandereta ¿o no sabes que vives en España?
jajaja muy bueno el 6
Como siempre el señor Lucafaga suelta tonterias y tonterias sin tino haciendose valedor de la verdad intentando confundir y mentir al personal. Señor Lucafaga ya lo conocemos, no nos puede engañar, se desacredita usted solo y como siempre le mueven intereses personales y no debería hizar la bandera de defensor de Arucas con tanta alegría, se le ve el plumero.
http://arucasblog.blogspot.com/2011/09/por-avaricia-recaudatoria-se-reconoce.html
EL AYUNTAMIENTO DE ARUCAS AL DIA DE LA FECHA NO HA DADO UN PASO AL FRENTE EN MATERIA DE TELEFONIA.
Que en el ejercicio del 2009 el AYUNTAMIENTO DE ARUCAS en Acuerdo Plenario se comprometió a acogerse al servicio municipal que presta la OFICINA TÉCNICA DE INTERMEDIACIÓN, COLABORACIÓN Y APOYO A LAS ENTIDADES LOCALES EN MATERIA DE TELECOMUNICACIONES (OTT), en base al Convenio de Colaboración suscrito, el 4 de septiembre de 2000, entre la Consejería de Presidencia del Gobierno de Canarias y la Federación Canaria de Municipios (FECAM), donde se daría soporte y desarrollará actividades de promoción activa, básicamente, en:
§ Ayuda a la interpretación y aplicación de los aspectos técnicos y jurídicos de la regulación existente en materia de telecomunicaciones.
§ Intermediación e Interlocución con los operadores.
§ Apoyo técnico y jurídicos, para la adaptación y/o redacción de ordenanzas, planes de ordenación y planes territoriales especiales de telecomunicaciones, este apoyo ha de contribuir a promover la realización y desarrollo efectivo de los mismos y a su homogenización regional.
§ Actuar como centro de Coordinación para el despliegue de infraestructuras de
telecomunicaciones en la Comunidad Autónoma de Canarias.
§ Determinar e Informar a todos los agentes implicados sobre necesidades y déficit de infraestructuras.
§ Gestión y mantenimiento de la base de datos de infraestructuras de comunicaciones de Canarias.
§ Punto de Orientación de nivel uno en aspectos como Radiaciones Radioeléctricas y Salud Pública, Derechos de los Usuarios de Telecomunicaciones, etc. en colaboración con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y La Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y su servicio SATI.
Compromiso que se asumió con la adhesión del Ayuntamiento al Código de Buenas Prácticas para la instalación de Infraestructuras de Telefonía Móvil, aprobado por la Comisión Ejecutiva de la FEMP el 13 de Diciembre de 2005 y ratificado por las empresas operadoras del sector de las Telecomunicaciones, así como nuestro compromiso de cumplimiento.
Que desde el citado periodo Ayuntamientos del archipiélago han aplicado la normativa en la mentada Ley que regula las actividades clasificadas,y en otros casos distintas Corporaciones Locales han aprobado “”Ordenanzas municipales reguladoras de las condiciones urbanísticas de las infraestructuras de telefonía móvil”” y Ordenanza sobre de antenas y de la tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local a favor de empresas que prestan servicios y cuyo estudio de detalle se acompaña.
Que la propia FEMP ha facilitado modelo de Ordenanzas de instalación de infraestructuras previa a la ordenanza de tasas y cuyo dictamen emitido por técnicos especialistas y departamentos jurídicos, facilitado igualmente como asesoramiento por la Federación Canaria de Municipios, viene en esta ocasión a suplementar estas alegaciones contrarias a la aprobación definitiva de la ordenanza de la tasa por utilización privativa, sin antes haber regularizado la caótica situación actualmente permitida y consentida, sin la puesta en vigor de una Ordenanza sobre las condiciones de instalación de esos artilugios sin licencia urbanística.
EL AYUNTAMIENTO DE ARUCAS AL DIA DE LA FECHA NO HA DADO UN PASO AL FRENTE EN MATERIA DE TELEFONIA.
Ya veremos si el ayuntamiento ha dado o no un paso al frente en materia de instalaciones de telecomunicaciones cuando se ponga a exposición publica el PGOU
¡¡ Que Iluso ¡¡
Un Plan urbanistico en plena crisis, una justificación para mantener a la Sociedad que nos hace perder cada año 600.000 euros.
La falta de ese dinero supone ahora, en plena crisis, uno de los motivos por los que el PGOU se ha convertido en una entelequia: El ayuntamiento de ARUCAS aprobara el primer ERE ante tales perdidas.
Esos 139.000 euros se quedan en poco comparado con el ahorro que supone el no pagar al personal del ayuntamiento la extra de navidad gracias al "Rajao". De todas formas, esperemos al PGOU a ver "que dice" al respecto, porque si no dice nada será contrario a la ley.
Se refiere Vd. num 14 a ese personal que entro a "dedo" en el Ayuntamiento y que muy pronto deberá tomar la puerta , ir al paro y si asi lo deciden prepararse para obtener los titulos que no poseen? a esos se refiere vd. num 14 ? o es vd. uno de ellos?
Tribunal Supremo: las antenas de telefonía móvil tienen efectos significativos en la salud
Publicado por Miguel Jara el 1 de julio de 2012http://www.migueljara.com/2012/07/01/tribunal-supremo-las-antenas-de-telefonia-movil-tienen-efectos-significativos-en-la-salud/
A veces se tarda en actuar pero nunca es tarde si la dicha es buena. Una sentencia del Tribunal Supremo (TS) reconoce que las antenas de telefonía móvil tienen efectos significativos en la salud humana y el medioambiente. Anula así la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid que permitía antenas en edificios de viviendas.
El Tribunal Supremo da la razón a la Asociación Asociación Vallisoletana de Afectados por Antenas de Telecomunicaciones (AVAATE) y considera que la modificación del PGOU debe quedar sujeta a Evaluación de Impacto Ambiental porque los planes y programas que afecten a materias como “telecomunicaciones, ordenación del territorio urbano y rural, o uso del suelo” tienen EFECTOS SIGNIFICATIVOS SOBRE EL MEDIO AMBIENTE
“debido a los riesgos que para la salud humana entraña la instalación de infraestructuras para servicios de telecomunicación, y por consiguiente, la determinación de la existencia o no de efectos significativos en el medio ambiente que pueda acarrear la modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana, incumbe al órgano ambiental, quien habrá de consultar previamente a las Administraciones Públicas afectadas…”.
Numero 15, me refiero a todo el personal, enchufados opositados confianzudos e interinados. A todos les han quitado la paga.
PERO EL PERSONAL LABORAL QUE ENTRO A DEDO TIENE 14 PAGAS. ¡¡asombrese ¡¡
Me asombro de su ignorancia. Tener doce o catorce pagas no cambia el total del sueldo anual. Lo único que cambia es la forma de cobrarlo. Por otro lado, es habitual en españa pagar en 14 o mas pagas. De que hay que asombrarse?
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