El Foro Arucas SXXI solicita el 10 % de las denuncias del I.B.I.

2 ago 12. Abierto el plazo de reclamaciones al padrón del Impuesto de Bienes INnmuebles de Naturaleza Rústica Urbana y la vía del pago voluntario a partir de este viernes y hasta el día 3 de octubre próximo, el FORO ARUCAS SIGLO XXI, entidad ciudadana que en el ejercicio anterior presentó reclamaciones ante la irregularidades en la aplicación de este impuesto y que dio lugar a que en las arcas municipales se ingresaran más de dos millones de euros, presenta ante la Corporación Municipal se le abone el 10 % en concepto de PREMIO POR DENUNCIA, conforme dispone el art. 48 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas modificado por la Disposición Final Cuarta de la reciente Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 cuyo texto literalmente dice lo siguiente:

Artículo 48. Premio por denuncia.
1. A las personas que, sin venir obligadas a ello por razón de su cargo o funciones, promuevan el procedimiento de investigación denunciando, con los requisitos reglamentariamente establecidos, la existencia de bienes y derechos que presumiblemente sean de titularidad pública, se les abonará como premio el diez % del valor de los bienes o derechos denunciados, siempre que el procedimiento concluya con su incorporación al Patrimonio del Estado y esta incorporación no sea revocada posteriormente.

2. La resolución que ponga fin al procedimiento de investigación se pronunciará sobre si la denuncia reúne los requisitos subjetivos y objetivos necesarios para la percepción del premio.

3. El premio se devengará una vez se hayan vendido los bienes investigados, calculándose sobre el importe líquido obtenido por su venta.

4. Si los bienes no se hubieran vendido, el denunciante podrá reclamar el abono del premio una vez transcurrido un plazo de cinco años desde la incorporación de los bienes siempre que no se encuentre pendiente un procedimiento administrativo o judicial del que pueda derivarse la revocación de la titularidad sobre el inmueble incorporado. En este supuesto, el importe del premio se calculará tomando como base el valor catastral de los bienes o derechos.

Hacer constar que la propia ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA VALORA y la LOCAL aplican el art. anterior (art.47) para detallar en los padrones los domicilios de ignorado paradero que en el pasado ejercicio superaron los 700 inmuebles y que dio lugar a la contratación de personal auxiliar a “dedo” por parte de la Concejala de Hacienda de candidatos de su lista electoral simpatizante hecho “sub judice” y trasladado como queja al Diputado del Común.

El importe resultante de la resolución favorable al FORO ARUCAS SIGLO XXI, se donará para la rehabilitación de inmuebles en el Conjunto Histórico y Gota Leche.

3 Comentarios Blogger:

Anónimo dijo...

Acaso esos inmuebles se han incorporado al Patrimonio del Estado? Esto parece una ocurrencia de lucafaga.

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Anónimo dijo...

Juajuajuajua...Lucafaga, como te pasas!!!! Ahora resulta que todos los inmuebles del municipio se los va a quedar el Ayuntamiento...o los va a vender...jajajajaja... y cuando se vendan le pagarán al Foro Arucas Siglo XXI el 10%... Tamaña bobería!!!!!!

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Anónimo dijo...

Es lo que tiene el carecer de comprensión lectora. Que entiendes lo que quieres entender, y no lo que está escrito.

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