Entidades ciudadanas piden “aclaración pública" sobre la creación de la Universidad Popular

18 ene 12. La Concejala de Educación responde y aclara

17 ene 12. Abierto del período de matriculación de la oferta formativa de la entidad docente de nueva creación Universidad Popular de Arucas y valorándose positivamente al tener como objetivo principal el cubrir aquellas deficiencias o aspectos que no cubre la enseñanza oficial en sectores de la población que se encuentran fuera de la formación reglada establecida por el Estado y que contribuye además al desarrollo económico y social, formación técnica y científica, así como a la actividad artístico y cultural, las entidades ciudadanas en el ejercicio que les ampara el propio Reglamento de Participación Ciudadana vienen a recabar información de la Alcaldía en base a lo siguiente:

- Procedimiento de selección del profesorado y vínculo laboral o mercantil que les une con la ADMINISTRACION LOCAL, así como el cuadro directivo de la institución.

- Qué Ordenanza Municipal regula el precio público fijado en el periodo comprendido entre los días 17 al 24 de enero de 2012, así como el sistema de ingreso mensual en c/c de entidad bancaria, y aclaración al entender que todos los fondos públicos deben afluir a una caja única, principio que se regula en el art. 196 de la Ley de Haciendas Locales.

- Qué capítulos presupuestarios del presente ejercicio tienen consignadas cantidades para el desarrollo de la actividad en desglose de partidas de ingresos y gastos.

Las entidades ciudadanas, además instan a la Concejalía de Educación y Alcaldía a que esta información sea trasladada para general conocimiento a la ciudadanía por los cauces y medios de mayor difusión, así como extensible a todos los órganos colegiados de participación del municipio.

8 Comentarios Blogger:

Anónimo dijo...

Yo lo que quiero es que la Concejala de Educiació de nuestro Ayuntamiento explique porqué una de sus sobrinas es una de las MONITORAS AGRACIADAS PARA IMPARTIR CLASES EN DICHA "UNIVERSIDAD POPULAR" QUE NO VEO QUE TENGA QUE EXISTIR YA QUE TENEMOS EL CENTRO DE ALDULTOS.

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Anónimo dijo...

Desde la diáspora, aplaudo la decisión de crear dicho centro, cuántos más centros haya, mejores son las posibilidades de formación para todos. No coincido con el anterior comentario en que porque exista uno no pueda existir el otro.
Gerardo

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Norberto Santana G. dijo...

Cuanto me alegro de este blog y de las actuaciones de la entidades,ambas cosas son compatibles, en el Centro de Adultos la enseñanza es reglada y en la Univerdidad no, pero mira por donde sale a la luz otro "enchufe" según pone el num.1. Me alegro ya estamos perdiendo el miedo en denunciar.

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Anónimo dijo...

Angel V. que tus concejalas no incurran en ilegalidades.
En el fondo de todo esto se vislumbran unos contratos a "dedo" y no a tiempo parcial con las medidas oportunas y que todo el mundo se entere y que puedan trabajar si ppero dando moportunidad a todos:
CONTRATOS PARCIALES.con publicidad Y VALORANDO LOS MERITOS.
Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferiores a la jornada a tiempo.

En esta modalidad se puede contratar por tiempo indefinido o por duración determinada. El contrato a tiempo parcial se entenderá celebrado por tiempo indefinido cuando se concierte para realizar trabajos fijos y periódicos dentro del volumen normal de actividad de la empresa. No está permitida la celebración a tiempo parcial en los contratos para la formación y en la modalidad contractual de anticipación de la edad de jubilación como medida de fomento del empleo.

La jornada diaria en el trabajo a tiempo parcial podrá realizarse de forma continuada o partida. Y los trabajadores a tiempo parcial no podrán realizar horas extraordinarias, salvo para casos extraordinarios y urgentes.

En cualquier caso, el número de horas complementarias no podrá superar el 15% de las horas ordinarias de trabajo. En convenio se podrá establecer otro porcentaje máximo, pero que nunca será superior al 60% de las horas contratadas. NI tampoco, podrá exceder de la jornada a tiempo completo.

En el contrato ha de figurar el número de horas y su distribución. De no ser así se entenderá que el empleo será a jornada completa.

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Anónimo dijo...

Juan Facundo informate.:
http://www.ugt.es/juventud/guia/cap2_5.htm#13

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Anónimo dijo...

¿Más enchufes? poco a poco Arucas despierta gracias a la inoperancia de estos ediles del tres al cuarto. Al tiempo.

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Anónimo dijo...

Bravo por la concejala de educación. Ante las dudas, una respuesta que no se hace esperar y todo aclarado. COMO DEBE SER. Enhorabuena

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Anónimo dijo...

Están acondicionados los cursos para personas en silla de ruedas

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