5 jul 10. Decepcionante respuesta de la Dirección General de Cooperación y Patrimonio Cultural del Gobierno de Canarias al escrito presentado por este Foro Arucas Siglo XXI, absteniéndose de actuar en el expediente relativo al proyecto del Centro Multifuncional, al entender su Directora General la Iltma. Sra. Dña. María Aranzazu Ávila, que no tiene competencias asignadas en materia de “planeamiento urbanístico” en los Conjuntos Históricos.
Conforme se describe en el documento que se acompaña, se ampara en el art. 6 de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico, y obvia lo dispuesto en la misma disposición donde la Administración Publica de la Comunidad Autónoma tiene asumidas competencias tales como:
- Coordinar y fomentar la colaboración entre las distintas Administraciones implicadas por razón de la materia o del territorio en la tutela y gestión del patrimonio histórico canario.
- Ejercer la alta inspección de los Cabildos Insulares y Ayuntamientos en el ejercicio de las competencias transferidas o delegadas, de conformidad con lo previsto en la legislación sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.
- Programar la política de investigaciones dirigidas a la protección y tutela del patrimonio histórico, sin perjuicio de las competencias del Estado.
- Planificar la política de conservación y protección del patrimonio histórico, oída la propuesta del Consejo Canario del Patrimonio Histórico.
- Ejercer la función inspectora y la incoación y resolución de expedientes por infracciones administrativas, en los supuestos establecidos en la presente Ley.
- Ejercer subsidiariamente los derechos de tanteo y retracto en relación con los bienes declarados de interés cultural o incluido en el Inventario de Bienes Muebles, en los supuestos que el Cabildo Insular correspondiente decidiera no hacer uso de los mismos.
- Actuar por subrogación o por avocación, en los supuestos previstos en esta Ley, en caso de incumplimiento en el ejercicio de las competencias transferidas o delegadas a los Cabildos Insulares.
A raíz de ello se reiterara la petición de su actuación a los efectos de que bajo la coordinación técnica del Cabildo Insular de Gran Canaria se adopten las medidas correctoras en cuanto a la adaptación de la fachada del inmueble a su entorno y armonía con edificaciones consolidadas desde los siglos XVII y XIX, donde pudiere estudiarse la recuperación de la fachada que en el año 1940 proyectó el Arquitecto Miguel Martín Fernández de la Torre, y cuyo diseño hemos podido rescatar de la edición digital de la Biblioteca Universitaria de Las Palmas de Gran Canaria.
CAMINO HACIA EL CONSENSO
Tenemos la seguridad que tras el clamor popular y la buena disposición mostrada por los responsables técnicos del proyecto y el buen animo abierto a la negociación y al dialogo mostrado por la representación municipal se llegará al consenso deseado, con el propósito de enmienda para abrir el cauce de participación sin obstáculos ni trincheras.
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