Denuncia ante el Cabildo de la ejecución de la rampa del templo parroquial

27 may 09. EL FORO ARUCAS SIGLO XXI, DENUNCIA ANTE EL CABILDO INSULAR DE GRAN CANARIA LA EJECUCION DE LA RAMPA DEL TEMPLO PARROQUIAL

Habida cuenta de que al amparo de la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias al Cabildo Insular de Gran canaria le incumben el ejercicio de las competencias en materia de conservación y administración del patrimonio histórico insular, transferidas en virtud de la Ley 14/1990, de 26 de julio, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

Resultando que el Cabildo Insular de Gran Canaria debe velar en cumplimiento del deber de colaboración, por la ejecución de los acuerdos y resoluciones de la Administración Pública canaria, correspondiéndole conforme el art. 3 de la mencionada Ley a autorizar obras y usos a realizar en los Conjuntos Históricos en tanto no se aprueben los correspondientes Planes Especiales de Protección, y habida cuenta de la competencia asumida de suspender las obras y usos que se lleven a cabo sin la autorización previa.

El FORO ARUCAS SIGLO XXI, ha solicitado del Cabildo Insular de Gran Canaria se adopten de inmediato la medidas cautelares para impedir la acción de unidad de obra que se viene ejecutando al entender que significa un grave riesgo y perjuicio para el patrimonio histórico del municipio de Arucas, significando por otra parte, la personación ante la vía jurisdiccional ordinaria, en el caso de que la Administración Insular y demás representaciones políticas no asuman la defensa del atentado que se denuncia.

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