6 mar 08
Ante las dudas surgidas con la colocación de cartelería electoral en el municipio de Arucas.
Ante las dudas surgidas con la colocación de cartelería electoral en el municipio de Arucas, desde la Institución Municipal tenemos a bien poner en conocimiento público las siguientes consideraciones:
* La Junta Electoral es soberana y dicta las normas en materia electoral, no sólo en lo que se refiere a normativa de cartelería, sino en todo lo concerniente al proceso de las elecciones.
* Los Ayuntamientos vienen obligados a proponer a la Junta Electoral las zonas donde quieren ubicar la correspondiente cartelería.
* El Ayuntamiento envió dicha propuesta, mediante decreto de Alcaldía de 23 de enero de 2008, consensuado con todos los partidos, siendo idéntico al de elecciones anteriores.
* Sorpresivamente para todos, se recibe de la Junta Electoral de Zona de Las Palmas otra diferente, que por primera vez en la historia municipal reorganiza y restringe la colocación en los lugares propuestos por el Ayuntamiento.
* Con fecha 27 de febrero de 2008 el Sr. Alcalde remite escrito a la Junta Electoral de Zona de Las Palmas, solicitando se reconsidere el acuerdo por el que se procedió a distribuir los carteles electorales en el Municipio de Arucas, ya que ningún partido estaba conforme y no se ajustaba al Decreto del propio Alcalde.
* Con fecha 29 de febrero de 2008 se recibe respuesta de la Junta Electoral de Zona de Las Palmas desestimando la solicitud del Ayuntamiento.
* Reseñar que, lamentablemente, en la resolución de la Junta Electoral de Zona de Las Palmas no se incluye a los partidos que no tenían representación anteriormente y les impide colocar cartelería en las farolas destinadas al efecto, en virtud del artículo 56, puntos 1 y 2 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.
* Conforme a estos acuerdos y al incumplimiento de diferentes partidos de lo estipulado, el Sr. Alcalde solicita inicialmente, de forma verbal, a dichas formaciones políticas la retirada de esa cartelería.
* Visto que se seguía incumpliendo lo ordenado, se solicita mediante escrito de 4 de marzo de 2008, autorización a la Junta Electoral de Zona de Las Palmas para retirar cualquier cartel en el municipio que incumpla la normativa legal; autorización que se recibe un día después y se comunica a todas las fuerzas políticas.
* En todo momento desde el Ayuntamiento, el Grupo de Gobierno ha actuado en obligado cumplimiento de la Legislación vigente y de las indicaciones del órgano competente en esta materia, la Junta Electoral de Zona de Las Palmas y en ningún caso ha nombrado expresamente a ninguna formación política, quedando claro que desde el Ayuntamiento, se ha intentado defender por igual a todas las formaciones políticas, queriendo que se respetase aquel primer decreto que se firmó y que la Junta Electoral de Zona de Las Palmas no autorizó.
* Desde el Grupo de Gobierno Municipal lamentamos que determinadas formaciones políticas propicien el deterioro de la imagen de la Institución con el uso malintencionado del momento. Obviamente, para el Grupo de Gobierno prima el cumplimiento de la Ley y, ni mucho menos, accederá a hacer la vista gorda a lo dictaminado por la Junta Electoral.
Gabinete de Prensa
5 de marzo de 2008
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