Contó con la bendición del Concejal Gustavo Martín y el informe favorable del Ingeniero Técnico Municipal
5 mar 12. A raíz de las últimas imágenes publicadas en este blog sobre el “cableado verde” y los posteriores “cabreados” que reaccionaron requiriendo al responsable para que procedieran de inmediato a la legalización ante la Consejería de Industria del Gobierno de Canarias y la Compañía “consentidora” de presunta y grave infracción tipificada en el Código Penal, y habida cuenta de que esta tarde noche se despejan en la sesión plenaria algunas de las incógnitas planteadas desde el año 2008, donde Gustavo Martin Cerpa, hoy Concejal de Nueva Canarias, ayer de Coalición en el Gobierno, aventuraba con un “sine die” la puesta en funcionamiento del Centro Comercial decretando, él mismo, dentro de sus facultades como Concejal de Urbanismo, el otorgar la licencia y apertura de las 250 plazas subterráneas tras el pacto alcanzado por aquel entonces y que valoró el inmueble en 15,5 millones de euros, con la mejor intención de “dar luz” después de más de un lustro de tinieblas, publicamos para su análisis y conocimiento general el DECRETO 275 de fecha 5 de marzo de 2008 (qué casualidad) por el que se dispone, a la vista de acta de comprobación e inspección técnica, AUTORIZAR LA LICENCIA PARA LA APERTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA ACTIVIDAD “EDIFICIO DE APARCAMIENTOS DEL CENTRO COMERCIAL DE ARUCAS”
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2 Comentarios Blogger:
A modo de esperpento de mal gusto, que desentona con el entorno de la plaza, ahí sigue erguido el mamotreto de entrada a los aparcamientos como ejemplo a tener en cuenta lo que no debe hacerse. Será por eso
Análisis del DECRETO 275
Con fecha 3 de MARZO 2008 se solicita el otorgamiento de APERTURA Y FUNCIONAMIENTO.
……. DOS DIAS DESPUES.
Decreto 274 de fecha 05.03.2008 se concede LICENCIA DE INSTALACION.
DECRETO 275 de fecha 5.03. 2008. se autoriza APERTURA Y FUNCIONAMIENTO
DICE….a la que se adjunto la documentación requerida CERTIFICADO FINAL DEL INGENIERO, BOLETIN DE INSTALACION Y BOLETIN DE EXTINTORES.
DICE….. Vista el acta de comprobación e inspección e inspección técnica emitida favorablemente por el Sr. Ingeniero Técnico Municipal.
DICE ……se condiciona a que por parte del concesionario se concierte un seguro de responsabilidad que responda de las indemnizaciones que procedan a terceros.
Registrado el día 6 de Marzo 2008
…….UN DIA DESPUES DE SER FIRMADO
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